miércoles, 13 de febrero de 2019

RETO 12 Y 13

                                          RETO 12 Y 13
  • ¿Cuántas personas vais a ser socias en el proyecto? 5
  • ¿De cuánto dinero disponéis? prestado por familiares y por ayudas 10.000€ y los otros 6.000€ cada uno , esos 6.000€ de cada uno son ahorros de ellos porque antes trabajaban en otra guardería.
       - 6000€, 19% de 6000 = 3157,89€       
   - 5.000 me deja mi hermano porque tiene un negocio propio  y otros 5.000 míos de que he     heredado de mi abuela.
      Herencia  5.000€, 18% de 5000= 2777.77€
  • ¿Cuánto capital vais a necesitar? 30.000€
  • ¿Hasta dónde queréis llegar con vuestras responsabilidades (si la empresa fuera mal)? Todo lo que se relacione y sea de la empresa. 
  • Teniendo en cuenta los beneficios que espero ¿Me interesa más tributar por el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF) o por el (Impuesto de sociedades)?  Primero elegiría el Impuesto de sociedades



                                       Sociedad de Responsabilidad Limitada






















TRÁMITES 





REGISTRO MERCANTIL PROVINCIAL 





















                Agencia Tributaria (AEAT)

        Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores









Impuesto sobre Actividades Económicas





                           VENTAJAS E INCONVENIENTES


Ventajas:

  • Modalidad apropiada para la pequeña y mediana empresa, con socios perfectamente identificados e implicados en el proyecto con ánimo de permanencia. Régimen jurídico más flexible que las sociedades anónimas.
  • La responsabilidad de los socios por las deudas  sociales está limitada a las aportaciones a capital, siendo el mínimo de 3000 €
  • Libertad de la denominación social.
  • Gran libertad de pactos y acuerdos entre los socios.
  • Capital social mínimo muy reducido y no existencia de capital máximo.
  • No existe porcentaje mínimo ni máximo de capital por socio.
  • Posibilidad de aportar el capital en bienes o dinero.
  • No es necesaria la valoración de las aportaciones no dinerarias por un experto independiente, tampoco su intervención o la de un auditor en ampliaciones de capital.
  • Sin límite mínimo ni máximo de socios.
  • Posibilidad de nombrar Administrador con carácter indefinido.
  • Posibilidad de organizar el órgano de administración de diferentes maneras sin modificación de estatutos.
  • Se puede controlar la entrada de personas extrañas a la sociedad.
  • No existe un número mínimo de socios trabajadores.
  • Fiscalidad interesante a partir de determinado volumen de beneficio.
  • Posibilidad de fijar un salario a los socios que trabajen en la empresa, además de la participación en beneficios que le corresponda.

Inconvenientes:

  • Restricción en la transmisión de las participaciones sociales, salvo cuando el adquiriente sea un familiar del socio transmitente.
  • La garantía de los acreedores sociales queda limitada al patrimonio social.
  • Obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
  • Complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
  • No hay libertad para transmitir las participaciones.
  • Necesidad de escritura pública para la transmisión de participaciones.
  • En cuanto a la gestión, mayores gastos que el empresario individual o las comunidades de bienes o sociedades civiles.
  • Prohibición de competencia al Administrador, salvo autorización de la Junta.
  • Los socios siempre son identificables.
  • No puede emitir obligaciones.
  • No puede cotizar en Bolsa.


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RETO 26

                                                                            RETO 26       https://drive.google.com/open?id=13BBtKTdj-SD...